Palpación, pertenencias, mismo sexo, dignidad

Cacheo y registro

El cacheo externo se habilita por indicios de infracción o para prevenirla. Mismo sexo, dignidad y mínima molestia. Un registro íntimo no se improvisa en la calle.

Si / entonces

¿Hay indicios racionales de infracción (penal o administrativa) o es necesario para prevenirla?

Decir ahora

  1. Voy a practicar un registro superficial de su persona y pertenencias, de conformidad con el artículo 17 de la Ley Orgánica 4/2015, por [indicios]. Se hará del modo más respetuoso posible.

Base normativa

LO 4/2015 · art. 17

BOE-A-2015-3442

Restricción de la libertad de circulación / cacheos

Podrá practicarse el registro corporal externo y de los bienes cuando existan indicios racionales de comisión de infracción o sea necesario para prevenirla. Se realizará por un agente del mismo sexo, salvo urgencia, y de forma que se respete la dignidad y se cause la menor molestia. Los registros más allá de la palpación exterior se harán en lugar reservado y por agente del mismo sexo.

LO 4/2015 · art. 19

BOE-A-2015-3442

Controles en vías, lugares y establecimientos

Se podrán establecer controles en vías, lugares o establecimientos públicos para la identificación, el registro de vehículos y el control administrativo, cuando resulte necesario para prevenir delitos o infracciones o para descubrir y detener a quienes los hubieran cometido.

CE · art. 18

BOE-A-1978-31229

Intimidad, domicilio y comunicaciones

El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito.

Esta no encaja. Falta esto.

Ayuda operativa para el agente en el terreno. Verificar siempre el texto consolidado en el BOE y las instrucciones del servicio. No sustituye la orden de la superioridad ni el criterio del instructor o del Ministerio Fiscal.