LO 2/1986 · art. 5
BOE-A-1986-7539Principios básicos de actuación
Los miembros de las FCS deben actuar con congruencia, oportunidad y proporcionalidad en la utilización de los medios a su alcance. Deben impedir cualquier práctica abusiva, arbitraria o discriminatoria. Solo usarán las armas en las situaciones en que exista un riesgo racionalmente grave para su vida o integridad, o las de terceras personas, o en aquellas circunstancias que puedan suponer un grave riesgo para la seguridad ciudadana, y conforme a los principios de congruencia, oportunidad y proporcionalidad.