Toda víctima tiene derecho a entender y ser entendida, a información desde el primer contacto (asistencia, denuncia, medidas de protección, indemnización, traducción), a copias de la denuncia, y a que se evite el contacto con el infractor. El primer agente que la atiende ya está obligado: no es «cosa del juzgado».
Se adoptarán medidas para proteger a la víctima, evitar victimización secundaria y, si es menor o persona con discapacidad, adaptar la declaración (evitar reiteraciones, espacios adecuados, profesional especializado). El interés superior del menor prima. No se usa al menor como intérprete de sus padres.
Ayuda operativa para el agente en el terreno. Verificar siempre el texto consolidado en el BOE y las instrucciones del servicio. No sustituye la orden de la superioridad ni el criterio del instructor o del Ministerio Fiscal.